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miércoles, 1 de julio de 2009

Ya podemos evitar la publicidad no deseada en e-mails y teléfonos.

Los ciudadanos disponemos desde hoy de un nuevo sistema para evitar recibir comunicaciones comerciales no deseadas, es decir, las personas que no quieran recibir publicidad telefónica, electrónica o legal tendrán la posibilidad de suscribirse a un nuevo servicio de 'Lista Robinson' que suprime estas comunicaciones, según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD).

Hasta la fecha las listas comunes de exclusión, o 'Listas Robinson', solo permitían restringir la publicidad no deseada que recibían los ciudadanos a través de correo postal. Ahora, con este nuevo servicio tampoco recibirán llamadas, sms, ni mails de empresas con las que no mantenga o no haya mantenido algún tipo de relación.

En concreto, se trata de un fichero de exclusión publicitaria en el que los interesados que se inscriban, de manera gratuita, podrán seleccionar por sí mismos el medio o medios a través de los cuales no quieran recibir publicidad de las entidades que para el desarrollo de las campañas publicitarias empleen datos personales que obtenidos de fuentes públicas (como guías telefónicas) o bases de datos de las que no sean responsables.

Además, también se ha habilitado un sistema que permite a los ciudadanos seleccionar entidades con las que ha mantenido o mantiene una relación contractual para manifestarles su negativa a recibir publicidad telefónica de las mismas. De este modo, la FECEMD ha incluido en la web www.listarobinson.es un espacio a través del cual los ciudadanos se pueden poner en contacto con las entidades que sean usuarias del servicio de FECEMD con las que han mantenido o mantienen en la actualidad algún tipo de relación, y de las que no desean recibir comunicaciones comerciales por vía telefónica, para que éstas se pongan en contacto el solicitante con el objeto de atender su solicitud.

La inscripción a estos nuevos servicios se realiza exclusivamente 'online' y será efectiva en el plazo de tres meses desde el día siguiente al que el ciudadano se registra.

FUENTE: Europa Press

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