
“Más Paradojas y simetrías” es el título de un articulo de Eduardo Bautista director de la Sociedad General de Autores de España (SGAE), pero también de la Sociedad Digital de Autores y Editores, S.L. (SDAE) y “Portal Latino, S.L.”, como señalaba en “D2S2 VIDEO DISTRIBUTOR, SGAE, SDAE Y “PORTALATINO.COM”, en el que se muestra contrario al texto de reforma del articulado del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual aprobado por el Congreso, publicado en el diario El País el día 21 de mayo de 2006.
Es un artículo que merece leerse por venir de quien viene pero paradójico por utilizar su propio calificativo, sobre todo por las simetrías que establece. Nada que objetar a su admiración por el texto de la Ley de Propiedad Intelectual, una admiración que se puede compartir o no. Sin embargo argüir “la primera paradoja se produce al coincidir los veinte años de la ley, con los setenta y cinco años de la proclamación de la Segunda República” porque los intelectuales y creadores de la del exilio mantuvieron el imaginario colectivo en un aliento que es el mismo que alumbró la Ley, es excesivo, aunque lo utilice para preguntarse: “¿Qué parte del discurso y praxis de la Segunda República se esta celebrando cuando sectores del Gobierno proponen y el Congreso de los Diputados acepta una reforma que condena al ostracismo a los autores de cine y obras audiovisuales en el espacio digital?”.
Pocos son sus argumentos en contra de la reforma si el primero es el espíritu de la Segunda República y éste no se basa en un texto legal antecedente sino en la diáspora de intelectuales y creadores. La pregunta se hacía acreedora de una respuesta o cuando menos una explicación de por qué el texto condena al ostracismo, pero su argumentación continúa con interrogantes no respondidos: ¿quién explica la propuesta de reemplazar la capacidad negociadora de autores y artistas con los sectores industriales cuando ambas partes discrepan por una comisión interministerial que podrá establecer tarifas sustitutorias? ¿Por qué los artistas y autores no pueden fijar las condiciones de uso de sus obras hasta que éstas pasen al dominio público y sean libremente utilizadas?. Unas preguntas que tienen fácil respuesta:
a) La Declaración Universal de Derechos del Hombre reconoce a favor de cada ciudadano un derecho de acceso a la cultura, una cultura que ha servido de presupuesto para que el autor, que dice defender el Sr. Bautista, haya podido realizar la suya. Esta es la causa de que los derechos de explotación caduquen y que se incorporen las obras al dominio publico, sin que medie expropiación como ocurre en los derechos reales. Se trata de una contraprestación por una formación cultural recibida.
b) Obvio es que los poderes públicos, a los que la Constitución impone el deber de tutelar la cultura, sea a través de una comisión o de otro ente, intervengan en representación de la colectividad a la hora de fijar la retribución de los autores. La crítica que debiera hacérsele es la nula participación que tienen los ciudadanos en este proceso que se podría articular a través de las asociaciones de usuarios y consumidores.
c) El segundo de los interrogantes no persigue que los autores puedan fijar su retribución, sino que la establezca una sociedad que mantiene una situación predominante en el mercado y que plantea la seria duda de si con ello no se quiere beneficiar a los miembros de la estructura más que a los propios autores.
Es cierto que sino hubiera creadores no habrían películas, libros, discos, etc., pero la pregunta no es si alguien cree lo contrario, las preguntas son otras: ¿Hay alguna otra fórmula qué conjugue mejor el derecho de los autores con el derecho humano de acceso a la cultura? ¿Son imprescindibles las sociedades gestores en su configuración actual?, etc.
Una nueva paradoja la encuentra entra “las gesta de los mártires de Chicago” y su importancia para el movimiento sindical con el hecho de que Comisiones Obreras se posicione en contra de la remuneración privada y que se percibe por las sociedades de gestión cuando alguien adquiere un aparato de reproducción o un soporte reproductor. Particularmente no me parece bochornoso como dice, me parece bochornoso que se presuma pirata a todo ciudadano, sobre todo si es cierta la noticia de que solo un 17 % de la población hace uso de esta práctica. ¿Por qué ha de pagar el 100 %?.
Y la última en unir la fuerza de la cultura española a la regulación a su gusto de la Ley, sobre toco cuando inicia la relación de creadores con Cervantes, Velázquez, Calderón, Goya, etc. El Sr. Bautista olvida que sus obras, afortunadamente ya en el dominio publico, no fueron limitadas en su difusión por ninguna ley de propiedad intelectual. Y olvida también que Cervantes y Calderón escribieron en una época en que la licencia real se exigía al impresor para controlar la difusión de las ideas, de la cultura para no deteriorar el poder absoluto del monarca.
Su falta de argumentos es absoluta. Se recurre a expresiones como la Segunda República, mártires de Chicago e importancia de la cultura española, con todo su trasfondo, cuando se carece de otros que validen la propia postura. Se trata de enmascarar la realidad falta de basamento y de conferirle unos apoyos de los que carece.
El Sr. Bautista debiera exponer sus verdaderas razones de oposición, las esperamos.
Artículo publicado por: Gaspar Clavell Verges
Autorizado por el autor (BASECINE)
La ilustración pertenece al autor del BLOG.
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