Presentado al Comité de Derechos Humanos de la ONU en preparación para su examen de Venezuela a realizarse previo a su período de sesiones
Human Rights Watch reconoce la importancia del próximo examen de Venezuela a cargo del Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas. Este documento presenta aquellos aspectos que consideramos más preocupantes con respecto al cumplimiento por parte de Venezuela del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). Esperamos que sea tenido en cuenta durante el examen de Venezuela que realice el Comité antes del período de sesiones y que los aspectos problemáticos que aquí se destacan se reflejen en la lista de cuestiones planteadas al gobierno venezolano con anterioridad al examen.
Uso excesivo de la fuerza contra manifestantes (artículos 7, 9, 10 y 21)
A partir del 12 de febrero de 2014, miembros de la Guardia Nacional Bolivariana, la Policía Nacional Bolivariana y fuerzas policiales de los estados aplicaron rutinariamente la fuerza ilegítima en respuesta a manifestaciones contra el gobierno, lo cual incluyó violentas golpizas a manifestantes que no estaban armados y a transeúntes. Dispararon armas de fuego, perdigones y gases lacrimógenos de manera indiscriminada contra la multitud, y en algunos casos dispararon perdigones deliberadamente y a quemarropa contra personas que no estaban armadas y ya se encontraban bajo custodia de las autoridades.
También permitieron que pandillas armadas partidarias del gobierno atacaran a civiles que no estaban armados, y en algunos casos colaboraron abiertamente con las pandillas.
En incidentes que involucraron tanto a fotógrafos profesionales como a personas comunes que habían estado tomando fotografías o filmando enfrentamientos entre integrantes de fuerzas de seguridad y manifestantes, el objetivo de los abusos parece haber sido impedir que estas personas documentaran las tácticas aplicadas por miembros de las fuerzas de seguridad, o castigar a quienes intentaban hacerlo.
En muchos casos las personas detenidas permanecieron incomunicadas en bases militares durante 48 horas o períodos mayores antes de ser llevadas ante un juez. En general, los detenidos sufrieron una variedad de abusos que incluyeron severas golpizas, descargas eléctricas o quemaduras, y ser obligados a mantenerse en cuclillas o arrodillados, sin moverse, durante varias horas. En algunos casos, los maltratos claramente constituyeron tortura.
Que estos abusos hayan sido cometidos reiteradamente por miembros de distintas fuerzas de seguridad y en múltiples lugares en tres estados y en la capital (incluso en entornos controlados como establecimientos militares y otras instituciones estatales, y durante un período de varias semanas) avala la conclusión de que los abusos formaron parte de una práctica sistemática.
Para obtener más información, ver: http://www.hrw.org/es/reports/2014/05/05/castigados-por-protestar
Ausencia de independencia judicial y garantías de debido proceso (artículo 14)
El Presidente Hugo Chávez y sus partidarios en la Asamblea Nacional llevaron a cabo en 2004 un copamiento político del Tribunal Supremo de Justicia. Desde entonces, el poder judicial ha dejado, en gran medida, de actuar como un poder independiente del gobierno. Miembros del Tribunal Supremo han rechazado abiertamente el principio de separación de poderes, han expresado en forma pública su compromiso con promover la agenda política del gobierno y emitieron reiteradamente pronunciamientos a favor de este, avalando así la indiferencia del gobierno por los derechos humanos.
El proceso penal contra la jueza venezolana María Lourdes Afiuni luego de que esta dictara en 2009 una sentencia contra el gobierno ha repercutido en la independencia de los jueces de tribunales inferiores. En diciembre de 2009, Afiuni fue detenida el mismo día en que concedió la libertad condicional a un crítico del gobierno que había permanecido en prisión preventiva durante casi tres años, acusado de corrupción. Si bien el pronunciamiento de Afiuni daba cumplimiento a una recomendación emitida por un organismo internacional de derechos humanos —y era acorde con el derecho venezolano— un juez provisorio que había declarado públicamente su lealtad al Presidente Chávez dispuso su procesamiento por corrupción, abuso de autoridad y “favorecimiento para la evasión”. Afiuni permaneció más de un año en una cárcel de mujeres donde las condiciones eran deplorables, y más de dos años bajo arresto domiciliario. En junio de 2013, se le concedió la libertad condicional, pero a la fecha de redacción de este documento, continúa la causa penal en su contra.
Para obtener más información, ver: http://www.hrw.org/es/node/109538/section/3
Durante las manifestaciones que se desarrollaron desde el 12 de febrero de 2014, algunos funcionarios judiciales incumplieron su rol de garantes frente a abusos de poder y, en vez de ello, participaron en graves violaciones del debido proceso. Human Rights Watch entrevistó a decenas de víctimas a quienes se les negó el acceso a abogados hasta minutos antes de las audiencias judiciales, que a menudo se programaron a altas horas de la noche. Jueces y fiscales en reiteradas ocasiones hicieron caso omiso de evidencias que sugerían que los detenidos habían sufrido abusos físicos o que miembros de las fuerzas de seguridad les habían colocado pruebas para incriminarlos.
Asimismo, el gobierno de Venezuela ha procurado insistentemente atribuir los sucesos violentos ocurridos durante las manifestaciones a sus opositores políticos, o simplemente a la oposición en su conjunto, sin aportar pruebas creíbles. Por ejemplo, el gobierno acusó al líder de oposición Leopoldo López de ser el “autor intelectual” de las muertes relacionadas con las protestas del 12 de febrero. El Ministerio Público actuó rápidamente para conseguir su arresto en relación con varios presuntos delitos, entre los cuales se incluía inicialmente el de homicidio, pero que posteriormente retiró cuando trascendieron grabaciones de video donde se mostraba a miembros de las fuerzas de seguridad disparando contra manifestantes que no estaban armados. A principios de junio, un juez provisorio (es decir, sin garantía de estabilidad en el cargo) dispuso que López y dos estudiantes acusados de ser los autores materiales de los delitos presuntamente cometidos por este permanecerían detenidos durante el juicio. (Uno de ellos fue liberado condicionalmente semanas más tardes por cuestiones médicas). Tras mantener a López en una prisión militar durante meses sin aportar evidencias creíbles que justificaran su detención, su juicio comenzó el 23 de julio.
De manera similar, el Ministerio Público también ha conseguido que se dictara una medida de prohibición de salida del país a la líder opositora María Corina Machado, y que se libraran órdenes de arresto contra otras figuras de oposición, mientras que el Tribunal Supremo ha juzgado en forma sumaria y condenado a prisión a dos alcaldes opositores, en procesos judiciales que no respetaron garantías básicas de debido proceso.
Para obtener más información, ver: http://www.hrw.org/es/reports/2014/05/05/castigados-por-protestar
Libertad de expresión (artículo 19)
El gobierno ha ampliado y ejercido en forma abusiva su potestad de regular los medios de comunicación durante la última década. Si bien en algunos periódicos y estaciones de radio aún es habitual que se critique fuertemente al gobierno, se ha generalizado la autocensura por temor a sufrir represalias.
En 2010, la Asamblea Nacional reformó la ley de telecomunicaciones para conceder al gobierno la facultad de suspender o revocar licencias a medios privados cuando “lo juzgue conveniente a los intereses de la Nación”. También amplió a Internet el alcance de una ley de responsabilidad social de medios de comunicación, que había sido adoptada en 2004 y contaba con contenido restrictivo, permitiendo así la suspensión arbitraria de sitios web en el supuesto de “incitación”, una ofensa definida de manera sumamente imprecisa. Anteriormente, las reformas incorporadas al Código Penal en 2005 habían ampliado el alcance y la severidad de las normas sobre difamación que penalizan las expresiones que se consideran ofensivas para funcionarios gubernamentales de alto rango.
El gobierno ha adoptado medidas enérgicas para reducir la disponibilidad de medios de comunicación que ofrecen una programación crítica. El canal de televisión privado más antiguo de Venezuela, RCTV, que fue arbitrariamente retirado de la señal de aire pública en 2007, fue obligado en 2010 a dejar de transmitir a través de la televisión por cable.
Posteriormente, el gobierno aplicó sanciones administrativas contra Globovisión, que durante años fue el único canal importante que mantuvo una línea crítica contra Chávez. El órgano gubernamental que regula a los medios de comunicación inició nueve investigaciones administrativas contra el canal. En un caso, aplicó una multa de US$ 2,1 millones a Globovisión por haber presuntamente violado la ley de responsabilidad social de medios al difundir imágenes de un motín que tuvo lugar en una cárcel en 2011. En abril de 2013, Globovisión fue vendido a sectores afines al gobierno debido a que, según señaló su propietario, se había convertido política, económica y jurídicamente inviable. Desde entonces, ha reducido considerablemente su programación crítica.
El gobierno también ha adoptado medidas arbitrarias de censura y sanción contra otros medios de comunicación. Por ejemplo, en un caso iniciado por la Defensoría del Pueblo, un tribunal especializado de minoridad fijó una multa al periódico El Nacional en agosto de 2013 por haber publicado en primera plana una fotografía que mostraba una decena de cuerpos desnudos en la morgue de Bello Monte, en Caracas. La imagen acompañaba un artículo sobre armas ilícitas y violencia, dos de los temas que más preocupan a la opinión pública en Venezuela. Desde que la fotografía se imprimió en 2010, el tribunal prohibió al periódico que publicara “imágenes, informaciones y publicidad de cualquier tipo con contenido de sangre, armas, mensajes de terror, agresiones físicas, imágenes que aticen contenidos de guerra y mensajes sobre muertes y decesos que puedan alterar el bienestar psicológico de los niños, niñas y adolescentes que tienen residencias en la República Bolivariana de Venezuela”.
En noviembre de 2013, el órgano que regula a los medios de transmisión inició una investigación administrativa contra ocho proveedores de Internet por haber permitido que en sitios web se publicara información sobre el tipo de cambio extraoficial, y amenazó con revocar su licencia si no bloqueaban inmediatamente los sitios. Varios días después, pidió a Twitter que suspendiera cuentas vinculadas con estos sitios web.
En enero de 2014, el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, presentó una acción penal por difamación contra un ciudadano venezolano que había publicado una nota de opinión en el períodico Tal Cual, y contra cuatro miembros de la junta directiva de la empresa propietaria de este medio, incluido un miembro que también es el editor del periódico. El artículo, publicado el 17 de enero, incluía información de fuentes extraoficiales sobre la cantidad de personas que habían sido asesinadas en el país durante 2013, e indicaba que Cabello había señalado: “Si no les gusta la inseguridad, váyanse”. La nota iba acompañada por una caricatura de Cabello, que se despedía con las manos y los bolsillos llenos de dinero, según se indica en la demanda. Cabello argumentó que él no dijo la frase que se le atribuye y que el artículo afectaba su reputación. Un tribunal penal admitió el caso y dispuso que los cinco hombres tendrían un régimen de presentación semanal ante el tribunal y que no podrían salir del país sin su autorización hasta que concluyera el proceso.
Para obtener más información, ver: http://www.hrw.org/es/node/109538/section/4
Defensores de derechos humanos (artículos 2.1, 3 y 22)
El gobierno venezolano ha intentado marginar a los defensores de derechos humanos del país acusándolos reiteradamente de procurar atentar contra la democracia venezolana con la colaboración del gobierno de Estados Unidos. En 2010, el Tribunal Supremo determinó que las personas u organizaciones que recibieran financiamiento del exterior podrían ser juzgadas por traición a la Patria. A su vez, también en 2010 la Asamblea Nacional sancionó una ley que impide a organizaciones dedicadas a la “defensa de los derechos políticos” o el “control sobre los poderes públicos” recibir financiamiento internacional.
Para obtener más información, ver: http://www.hrw.org/es/node/109538/section/5
Condiciones carcelarias (artículo 10)
A pesar de la creación en 2011 del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario, que fue mencionado por el gobierno de Venezuela en su informe de 2012 ante el Comité de Derechos Humanos, las cárceles venezolanas siguen estando entre las más violentas de América Latina. Diversos factores como seguridad deficiente, deterioro de la infraestructura, sobrepoblación, falta de personal suficiente y capacitación inadecuada de guardias han permitido que pandillas armadas tomen el control de las cárceles. Cada año se producen cientos de muertes violentas en estos establecimientos. Por ejemplo, en enero de 2013, al menos 56 internos y un efectivo de la Guardia Nacional murieron durante un enfrentamiento entre presos y miembros de esta fuerza, luego de que las fuerzas de seguridad aplicaran la fuerza letal en el transcurso de una requisa efectuada para buscar armas en la cárcel de Uribana, en el estado de Lara. A causa de los sucesos, 46 internos gravemente heridos debieron ser hospitalizados.
Discriminación política (artículo 26)
La discriminación política asola desde hace tiempo a Venezuela. Durante décadas, el clientelismo y los beneficios políticos se dividieron entre los partidos, a expensas de grandes sectores de la sociedad venezolana. Hugo Chávez asumió la presidencia en 1998, en parte, gracias a la promesa de liberar a Venezuela de sus enquistados patrones de exclusión política. Si bien su gobierno logró desarraigar el sistema establecido de discriminación política, posteriormente lo sustituyó con nuevas formas de discriminación contra adversarios políticos reales y contra aquellos que eran percibidos como tales.
El gobierno de Chávez proclamó un compromiso de inclusión política, pero discriminó abiertamente a quienes no compartían sus puntos de vista. Algunos funcionarios del gobierno apartaron del empleo público de carrera a gran cantidad de detractores, depuraron a la compañía petrolera estatal de empleados disidentes y calificaron a críticos como subversivos que merecían un tratamiento discriminatorio.
La discriminación política en el gobierno de Chávez fue más pronunciada luego del referendo revocatorio de 2004 para decidir sobre la continuidad de Chávez como presidente. Los ciudadanos que ejercieron su derecho de convocar a referendo —invocando para ello uno de los nuevos mecanismos de participación que Chávez defendió durante la redacción de la Constitución de 1999— fueron amenazados con sufrir represalias y con ser incluidos en listas negras para impedirles el acceso a ciertos empleos y servicios del gobierno. Luego de calificar a la iniciativa del referendo como un acto “contra la Patria”, Chávez ordenó a las autoridades electorales que le proporcionaran al legislador Luis Tascón una lista con todos los nombres de quienes habían firmado la petición de referendo, que se hizo pública a través de Internet. La “lista Tascón”, así como una lista aún más detallada de las afiliaciones políticas de todos los venezolanos llamada el “programa Maisanta”, fueron usadas por autoridades públicas para discriminar políticamente a opositores del gobierno. (Hubo también denuncias de que empleadores en el sector privado utilizaron las listas para discriminar a partidarios de Chávez).
La discriminación política de trabajadores en instituciones del Estado continuó tras la muerte de Hugo Chávez. En abril de 2013, el Ministro de Vivienda Ricardo Molina instó a todo el personal del ministerio que apoyara a la oposición a renunciar a su cargo, y advirtió que despediría a cualquiera que criticara al Presidente Nicolás Maduro, Chávez o la “revolución”. El Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello recibió denuncias que afectan a cientos de trabajadores de instituciones públicas —incluida la empresa petrolera del Estado, el servicio de administración aduanera y tributaria y las empresas de electricidad estatales— a quienes presuntamente se amenazó con la posibilidad de perder su puesto por apoyar a Henrique Capriles Radonski o por no haber apoyado abiertamente al gobierno tras las elecciones en abril.
Para obtener más información, ver: http://www.hrw.org/es/node/76273/section/3
Derechos laborales (artículo 22)
Durante años, el gobierno ha prometido que reformaría las leyes laborales y electorales relevantes para restringir la interferencia del Estado en las elecciones sindicales. En abril de 2012, el entonces Presidente Chávez adoptó por decreto una nueva ley del trabajo. Si bien la ley dispone que los sindicatos tienen libertad para convocar a elecciones sin ninguna interferencia, establece el sistema de votación que los sindicatos deberán incorporar en sus estatutos, además de fijar una duración máxima de los mandatos sindicales. Estas disposiciones limitan la plena libertad de la cual deberían gozar los sindicatos conforme al derecho internacional para adoptar sus propios documentos constitutivos y normas, y elegir a sus representantes.
ConflictoVe. Fuente: http://www.hrw.org/es/news/2014/07/29/venezuela-ante-el-comite-de-ddhh-de-la-onu
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2 comentarios:
¿y estos por que no se pasan por españa?, No hay papel para tantos abusos.
¿No te preocupa estar tan de acuerdo con felipe gonzalez y el pp?
¿y estos por que no se pasan por españa?, No hay papel para tantos abusos.
¿No te preocupa estar tan de acuerdo con felipe gonzalez y el pp?
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