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viernes, 15 de enero de 2010

El Poder Judicial al servicio del nuevo inquilino de Ajuria Enea.

Mientras el presidente del EBB delPNV, Iñigo Urkullu afirma, sobre el fallo del Tribunal Supremo en relación a las reuniones con miembros de Batasuna, que "queda la sospecha de si la resolución hubiera sido la misma con Ibarretxe de Lehendakari"; y mientras hace una "lectura política" del fallo del Supremo difundido ayer y que establece que no son constitutivos de delito los encuentros que mantuvieron el actual Lehendakari, Patxi López, y su antecesor Juan José Ibarretxe con cinco representantes de Batasuna en 2006; asegura que "existen impulsos políticos detrás de los sistemas judiciales" y ha destacado que "parece que este caso no tiene interés en la medida en que un dirigente del PSE-EE es lehendakari con el apoyo del PP".

Las reacciones inmediatas en las denominadas Redes Sociales no se han hecho esperar. Así encontramos entre la comunidad de Internautas a gentes que vienen a opinar en una misma línea de sospecha. Sin ir más lejos, el amigo y compañero de tertulias televisivas Jon Etxebarria expone: "Para empezar, si la sentencia hubiese sido condenatoria, Patxi deberia dejar de ser Lehendakari, ya que la condena era de inhabilitación para cargo público. Y, entonces, adiós a la conquista de los vascones. Por si alguno tenia dudas el mismo día el Ministro de Justicia se reunió con Patxi para decirle, ni mas ni menos, que podría estar tranquilo. Ya sabia él cual iba a ser la sentencia. Me atrevería a augurar que fue el propio ministro quien la redactó. ¿Apostamos?".

Para empezar, al Sr. Etxebarria Muguruza no le voy a apostar nada ya que, todo parece indicar que sería esa una apuesta ganada por su parte. Por ello, si le debo decir que, si ha tenido acceso y, luego, tiempo y paciencia en leer el fallo, observará que sus sospechas no son para nada infundadas. Dentro de la práxis jurídica, la redacción de la misma es la típica del ministro (cuando ejercía). Para ello, no necesita más que "escoger" aleatoriamente tres redacciones de Caamaño y compararlas. La forma de exposición es calcada. Es más, por la Red ya hay juristas que, no lo sospechamos, sino que lo afirmamos.

Soy yo, entre otros, quién puedo defender ese tipo de tesis y, ello, por que se presentan como lógicas, fundamentadas, con base argumental y, sobre todo, coherentes. Cada jurista tiene una especie de "estilo" y, el que refiere a Caamaño, compendia tres lineas de argumentación técnico-jurídica muy típicas en el susodicho.


Francisco Caamaño Domínguez (Licenciado y Doctor en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela, en la que fue profesor ayudante y profesor titular de Derecho Constitucional) fue designado en 1993 letrado del Tribunal Constitucional. En 2001 regresó a la Universidad de Santiago y en 2002 obtuvo la cátedra de Derecho Constitucional en la Universidad de Valencia, en donde permaneció hasta 2004. Militante del PSOE, en ese año fue nombrado por José Luis Rodríguez Zapatero secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, puesto en el que se ocupó de negociar algunos Estatutos de Autonomía y de hacer reformas en el sistema de votación de las elecciones locales para permitir el voto de los extranjeros que vivían en España (aspecto éste que manifiestamente beneficiaba a su formación política). En 2008 continuó en el mismo puesto tras la constitución del nuevo gobierno, con la denominación de secretaría de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios, dependiente de la vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega. Desde el 24 de febrero de 2009 es ministro de Justicia, en sustitución del dimitido Mariano Fernández Bermejo.

La línea argumental de Caamaño, como constitucionalista profesional que es, se basa en tres pautas de planteamiento que giran en torno a la división de los poderes del Estado, al derecho a la libertad de expresión u opinión y a la defensa de otro tipo de libertades reconocidos por una Constitución "de encaje de bolillos", por supuesto blindada y, en la práctica, intocable.

Si el Sr. Etxebarria ha analizado el auto, observará como se cita -en unas quince ocasiones- eso tan traído y llevado (tan manido al fin y a la postre) como lo puede ser la teórica separación de poderes de Estado. No es nuevo este discurso en Caamaño ya que es prácticamente calcado a su línea argumental del discurso con motivo de su toma de posesión ante su antecesor Fernández Bermejo (del que nadie puede negar que protagonizó una espantada en toda regla) o del discurso pronunciado ante un somnoliento rey el día de la apertura del Año Judicial.

En definitiva, esa separación de poderes tan citada en el fallo absolutorio se nos antoja como una especie de gran mentira en la que es difícil creer. Si no ¿por qué la composición del Tribunal Constitucional o el mismo Gobierno de los Jueces -el Consejo General del Poder Judicial- se establece en función a cuotas políticas? Y, ya puestos, no entraremos en aspectos como el de la libertad de expresión u opinión en un Estado en el que se cierran Diarios como Egunkaria o se sanciona administrativamente a publicaciones como el suplemento "Caduca Hoy" (de Diario e Noticias de Bizkaia-Deia) o el Semanario "El Jueves". El consuelo que a uno le puede quedar es que, tanto los recursos presentados por la Defensa de los humoristas (quienes ya han pagado las respectivas sanciones), serán admitidos, de igual forma que los presentados por los representantes legales de los encausados en el "Caso Egunkaria". En esta ocasión, comprobaremos como ocurrirá "tres cuartos de lo mismo" en relación al denominado "Caso Ibarretxe", a saber: la libre absolución sin cargos de todos y cada uno de los encausados.

Pero, desde un punto de vísta jurídico, técnico si se quiere, ¿qué aporta Caamaño a su supuesta redacción del fallo absolutorio? Básicamente nada nuevo ya que, simplemente, se limita a hacer propios los criterios del Ministerio Fiscal sobre el particular. En definitiva, lo podríamos resumir a modo de titular en algo parecido a que "hablar no es delito". Y, ¿cómo argumenta el fallo todo esto? Pues dando vueltas a lo de la división de poderes y los derechos fundamentales. Ahora bien, ello, aún firmado por un magistrado ponente, tiene un estilo innegable desde un punto de vista de la exposición argumental.

Aún con todo, puede salir por banda el titular de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, diciendo que no es razonable sentar a alguien "en el banquillo" por hablar durante una tregua con quien "pueda interferir" en el proceso de paz. Es el mismo Rubalcaba, el que está satisfecho por el fallo del Supremo el que, siendo Lehendakari Ibarretxe, opinaba de una forma radicalmente opuesta. Pero ¿qué se puede esperar de una persona que afirma que jamás existió el GAL? También es cierto que personajes como González Pons y Leopoldo Barreda (ambos del PP y, éste último admirador o fan de Mayor Oreja) coinciden en que el fallo del Supremo "no legitima las reuniones" que se tuvieron con la formación abertzale. Os sea, se supone que lo acatan pero obtienen una lectura rúnica de la sentencia... o por que lo dicen los compañeros de "Acebes-ha sido la ETA".

Conste que las decisiones judiciales pueden ser criticadas y no será este autor el que ponga mayor objeción. De hecho, mientras la ministra de incultura González Sinde lo permita, yo también ejerzo ese derecho a la crítica.

Volviendo al contenido del fallo y, para entendernos sin mayores tecnicismos, la "mano" de Caamaño en la propia sentencia es como ver recursos contenciosos redactados por mí: aunque los firme un tercero, llevan una especie de firma que los hace reconocibles en lo que al ponente comporta en lo que respecta a giros, expresiones, orden de los considerandos, resultandos y alegatos. No sé, algo muy similar a todos en los fondos argumentales pero, peculiarmente distíntos en las formas.

Al presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Fernando Ruiz Piñeiro, no le queda más opción más que la de declarar cómo respeta la decisión del Tribunal Supremo de archivar la causa por las reuniones con Batasuna. Desde luego, no se siente "desautorizado" con ese fallo, a pesar de que fue uno de los magistrados del alto tribunal vasco que ordenó la continuidad del proceso. Esta resolución llega desde luego en un momento especialmente complicado ante la renovación en la cúpula del TSJPV. Dicho de una forma vulgar, el fallo viene a suponer una especie de torpedo dirigido hacia la mismísima línea de flotación de la candidatura de Piñeiro en lo que a sus pretensiones a presidir el TSJPV comporta.

Un Tribunal Superior de Justicia que, curiosamente dictamina que el término Euskal Herria es perfectamente legal, al menos a lo que currículum vasco atañe en un plano educacional. Otro torpedo dirigido a la línea de flotación del Departamento que dirige la presunta socialista Isabel Celaá. Así las cosas, un Gobierno Vasco, instaurado gracias a la instrumentalización partidaria de un supuesto "poder independiente", legislando una Ley como la de Partidos para amordazar a miles de electores y favorecer la instauración de una mayoría sociológicamente ficticia y dedicado a una política identitaria revanchista además de inmerso en una especie de neurósis referente a la aplicación de no sé que "normalidad", debe su ser, más que a un "socio preferente" a una decisión judicialmente instrumentalizada con fines políticamente estratégicos. Ello, sin contar con el apoyo explícito del jefe del Estado (heredado directamente por la "gracia" del militar golpista Franco).

De esta manera, por mucho que se empeñen en cambiar por enésima vez el mapa del tiempo en la Televisón Pública vasca (el Ente público EiTB) para mostrarnos una infografía más acorde con su concepto territorial, demuestra que, ya no sólo no se corresponde con la percepción de la mayoría socio-política vasca -la real y "no-maquillada"- a la que puede referenciar el nada sospechoso "Euskobarómetro", sino que tampoco se corresponde con el significado aplicable a la terminología que utiliza como legal el propio TSJPV en su fallo.

Además sabemos que la propia consejera Celaá venía ocultando todo esto desde el pasado mes de septiembre de 2009 luego, ahora (previsiblemente el fallo iba a ser público más tarde o más temprano) siempre le quedará el "buenooooooooooo", el "eeeeeeeeeeeee", o el "essss queeeeee", coletillas tan utilizadas por gentes como el presidente del Athletic Club (García) cuando por primera vez le inquirieron acerca de su relación avalística con "Jabyer"... así, como suena: con "J" de "jospechoso", con "B" de "bespeculador" y con "Y" de "yrregular".

En definitiva, es motivo de alegria (o... me llena de orgullo y satisfacción) ver como esta sinrazón ha tocado a su fín, y, recordar que la misma viene motivada por un manifiesto despropósito del sistema judicial el cual, por motivos extrictamente políticos inicio el procedimiento y por los mismos motivos políticos (en una etapa de conveniencia con López en Ajuria Enea) da carpetazo al asunto.

¿Lo hubiese hecho con Ibarretxe al frente del Ejecutivo de Gasteiz? Seguramente no, ya que el objetivo era desgastar su imagen como Lehendakari. Por el mismo motivo, con el fin de no rasgar ni un ápice la imagen de López (que gasta cantidades ingentes -en período de recesión- en concepto de publicidad dirigida a "maquillar" su invendible gestión) los fallos se vuelven favorables. Todo sea para vender eso de la "normalidad" y la confianza ciega en la justicia. Si para ello tiene que redactar Caamaño, otro firmará, aunque se limite a un "corta-pega" (copy-paste) de los informes de la Fiscalía.

Cosas de españoles...

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