Amnistía Internacional presenta un informe que desmiente mitos y distorsiones en torno a la investigación de las desapariciones forzadas perpetradas durante la Guerra Civil y el Franquismo.
Ahora que España está en el punto de mira de la comunidad y la opinión pública internacionales, Amnistía Internacional (A.I.) recuerda al Estado español que debe cumplir con sus obligaciones internacionales en relación a los crímenes del pasado y proteger los derechos de las víctimas.
Así, España debe garantizar una investigación judicial efectiva sobre las desapariciones forzadas cometidas durante la Guerra Civil y el Franquismo.
El pasado 31 de octubre, el Comité de Derechos Humanos de la ONU publicaba el proyecto de observaciones finales al quinto informe periódico de España presentado después de más de 12 años de silencio del Estado español- en el que recomienda a las autoridades españolas cumplir con sus obligaciones internacionales, en calidad de Estado parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El Comité ha manifestado su preocupación por los obstáculos a los que llevan años enfrentándose las víctimas para obtener verdad, justicia y reparación; y ha instado a las autoridades españolas a tomar medidas para derogar la Ley de Amnistía de 1977 y garantizar la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad. También pide al Gobierno que establezca una Comisión independiente para establecer la verdad histórica sobre violaciones de derechos humanos cometidas durante la Guerra Civil y el Franquismo, y que garantice la localización, exhumación e identificación de los restos de las víctimas, y su restitución a los familiares.
Amnistía Internacional considera que España, ahora el país con mayor número de casos de desaparición forzada denunciados ante sus tribunales, ha prolongado una situación de injusticia a la que debe poner fin a riesgo de situarse entre los pocos países del mundo que dan la espalda a su obligación de investigar delitos de derecho internacional constitutivos de crímenes contra la humanidad.
Ya numerosos países de Europa, América Latina, África y Asia, con todas sus limitaciones, han dado al menos algún paso para esclarecer la verdad sobre los crímenes del pasado, como es el caso de Perú, Marruecos, Timor Oriental o algunos de los países sucesores de la Antigua Yugoslavia, entre otros muchos. Mitos y distorsionesEn contra de las tendencias mundiales, el Ministerio Fiscal, a través de su recurso de apelación de 20 de octubre de 2008, ha invocado la aplicación de la Ley de Amnistía de 1977 y la prescripción de los delitos, entre otros, para frenar la investigación.
La aplicación de estas alegaciones podrían suponer el establecimiento de mecanismos de impunidad incompatibles con la legalidad internacional respecto de crímenes contra la humanidad. Para la comunidad internacional, cualquier Estado que, con desprecio a los derechos de las víctimas, busca establecer la lógica del olvido respecto a este tipo de crímenes, se coloca fuera de la legalidad reconocida internacionalmente. La desaparición forzada se encuentra entre los más graves crímenes, que no pueden prescribir ni ser amnistiados sin socavar la legalidad internacional, que forma parte del ordenamiento jurídico español.
Ante esta situación, Amnistía Internacional publica el documento "Mitos y distorsiones" y el Informe "España: La obligación de investigar los crímenes del pasado y garantizar los derechos de las víctimas de desaparición forzada durante la Guerra Civil y el Franquismo". Ambos documentos ponen de relieve que las alegaciones del Ministerio Fiscal para frenar la acción de la justicia son totalmente incompatibles con el derecho internacional, e incluso con la propia legislación española.
Así, la Fiscalía argumenta, en su recurso de apelación, que la Ley de la Memoria Histórica de 2007 no permite investigaciones judiciales porque ya facilita medidas adecuadas y suficientes a favor de las víctimas. Sin embargo, la propia Ley establece que „es compatible con el ejercicio de las acciones y el acceso a los procedimientos judiciales ordinarios y extraordinarios establecidos en las leyes o en los tratados y convenios internacionales suscritos por España.
El Estado no puede ser una isla en el marco del derecho internacional Amnistía Internacional ha analizado cómo se ha hecho frente a crímenes contra la humanidad en más de 25 países en los que se cometieron desapariciones forzadas en el pasado. Todos estos países son los que han acumulado más casos denunciados de desaparecidos ante el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas de la ONU. Desafortunadamente, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas ha informado que el Gobierno español no ha presentado información sustantiva que permita establecer el paradero de tres personas cuya desaparición había sido denunciada ante este Grupo.
Además, España es uno de los países a los que el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha tenido que recordar que no se pueden invocar amnistías ni alegar prescripciones respecto a este tipo de crímenes. Anteriormente, el Comité de Derechos Humanos se había dirigido a Chile, Argentina, Perú, Líbano, Francia (Nueva Caledonia), El Salvador, Haití y Uruguay, para recomendarles que cumplan sus obligaciones internacionales sobre crímenes de desaparición forzada. „En España, donde se han impulsado investigaciones de crímenes contra la humanidad cometidos en otros países en numerosas ocasiones, el Ministerio Fiscal no puede ahora poner en duda u oponerse a cumplir con la obligación de investigar los graves crímenes que se cometieron durante la Guerra Civil y el Franquismo, declara Alberto Estévez, portavoz de Amnistía Internacional en Galicia. "España no puede presentarse ante la comunidad internacional como un Estado que infringe sus obligaciones internacionales".
El pasado 16 de octubre, el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional dispuso admitir a trámite y declararse competente para investigar los crímenes de desaparición forzada cometidos durante la Guerra Civil y el Franquismo: un paso imprescindible para cumplir con la obligación internacional del Estado español de garantizar justicia, verdad y reparación a las víctimas de estos crímenes atroces. El 20 de octubre de 2008, el Ministerio Fiscal formulaba un "recurso de apelación" ante la Sala de lo Penal respecto del auto de admisión a trámite, solicitando su archivo.
Hace más de un siglo que los crímenes contra la humanidad son reconocidos por el derecho internacional por su naturaleza especialmente ultrajante para la conciencia de toda la humanidad. Las desapariciones forzadas, o delitos de detención ilegal sin dar razón del paradero, son un crimen contra el derecho internacional que, en caso de ser perpetrados de forma sistemática y generalizada contra la población civil constituyen un crimen de la mayor gravedad y cuya prohibición absoluta no podía ser desconocida en 1936, ni en 1977, ni en los años posteriores.
La responsabilidad internacional del Estado en relación a las víctimas es también exigible desde entonces. La transición y los sucesivos gobiernos no se ocuparon de los derechos de quienes padecieron abusos graves y fueron privados de reparación y recursos efectivos. Los autores de tales crímenes no fueron llevados ante la justicia ni hubo una investigación imparcial para esclarecer los crímenes del pasado. El derecho a conocer la suerte que corrieron los desaparecidos, es un derecho imprescriptible e inalienable de las víctimas, además de ser un delito permanente mientras no se determine el paradero de las víctimas.
Hoy, martes, 18 de noviembre (a dos días del aniversario del militar golpista, asesino y genocida Franco) el Juez "estrella" de la A.N. (Baltasar Garzón) ha arrojado la toalla y se inhibe en las distintas Audiencias Provinciales. No deja de ser, cuanto menos, curioso ¿será por la presión recibida por la Fiscalía nombrada "dedocráticamente" por el Gobierno Socialista de ZP?
FUENTES: Diegu (desde Cantabria ¿Infiníta?) y Amnistía Internacional Galicia (Equipo de Medios de Comunicación, Alberto Estévez).
Documentos y comunicados de prensa: www.es.amnesty.org
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