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jueves, 12 de diciembre de 2013

El Grupo Vasco ante el Proyecto de Ley de Seguridad Privada.

Tras la aprobación ayer, en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados, del Proyecto de Ley de Seguridad Privada con el voto favorable del Grupo Vasco, EAJ-PNV comunica que la posición mantenida se debe a:

La salvaguarda de las competencias en materia de seguridad en lo atinente a la seguridad privada: gracias a las enmiendas de EAJ-PNV se ubica al Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco y a la Ertzaintza exactamente en la misma posición que al Ministerio del Interior y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (se reconocen las competencias en materia de autorización de empresas de seguridad, de registro público de las mismas, de determinación de los criterios generales de funcionamiento, de formación de los agentes privados de seguridad, de acreditación de sus competencias y destrezas, de potestad sancionadora, de la posibilidad de habilitación o inhabilitación de empresas y de agentes).

Por considerar necesaria la actualización de una norma que data del año 1992, por lo tanto obsoleta, e introducir los nuevos conceptos que regulan la colaboración entre la seguridad pública y privada y la regulación jurídica de las agencias detectives, entre otros.

Porque no se han introducido modificaciones sustanciales en relación al régimen de funcionamiento de los agentes de seguridad, que siguen careciendo del carácter de agente de seguridad.

Sin embargo, y considerando que el Proyecto de Ley es “mejorable”, el Grupo Vasco informa también que en la tramitación de esta norma en el Senado se introducirán enmiendas que “concreten cuál es el límite de actuación de los agentes privados de seguridad”. De todas formas, Emilio Olabarria, ponente del Grupo Vasco en el Proyecto de Ley, afirma que “en ningún caso los agentes privados de seguridad podrán realizar las funciones que corresponden únicamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los Mossos d´Escuadra y la Ertzaintza” como detener, cachear, patrullar en espacios públicos, etc.

Además, el diputado jeltzale aclara que los agentes privados de seguridad “no podrán patrullar las calles” tal y como han destacado algunos medios de comunicación, sino que se les permite realizar las actuaciones para las que son contratados cuando esta se desenvuelve en espacios públicos como sucede, por ejemplo, con los escoltas privados o con los que son contratados para proteger el patrimonio público o privado cuando este esté ubicado fuera de un recinto cerrado, siempre en un perímetro determinado y previa autorización de la administración competente, “actividad que se viene realizando desde 1992 sin cobertura legal” recuerda Olabarria.

Por último, Olabarria se muestra “sorprendido” por las declaraciones realizadas por algunos portavoces del PSOE ya que “no habían introducido ninguna enmienda solicitando la modificación con respecto a los términos que han suscitado polémica y en el debate parlamentario no argumentaron sobre este pretendido problema”.

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